Los juicios rápidos para desalojar a los okupas comenzarán a celebrarse a partir del 3 de abril, fecha en la que entra en vigor la Ley de Eficiencia de la Justicia, publicada en enero en el BOE. Sin embargo, la norma se caracteriza por realizar una reestructuración completa de la organización de la Justicia y la obligación de intentar una negociación extrajudicial antes de llegar a los tribunales para aligerar la carga de trabajo. Estas son las novedades legales.
Juicios ‘exprés’
La norma modificó la Ley de Enjuiciamiento criminal para permitir celebrar juicios exprés para okupas. Concretamente, se incluye el delito de usurpación de vivienda (cuando alguien ocupa un inmueble en el que no vive su propietario) y el de allanamiento de morada (cuando se entra a un inmueble en el que sí vive la persona) en el procedimiento abreviado. Esto significa que los plazos de tramitación se acortan y, una vez el juez disponga de toda la documentación necesaria, podrá celebrar el juicio en quince días.
Este procedimiento abreviado no afectará a aquellos inquilinos que dejan de pagar la renta o que permanecen en la vivienda una vez finaliza el contrato de alquiler.
Negociación extrajudicial
Los ciudadanos o empresas con conflictos en materia civil o mercantil estarán obligados a acudir a medios adecuados de solución de controversias (MASC, por sus siglas) para llevar a cabo una negociación para intentar llegar a un acuerdo antes de acudir a los tribunales. De hecho, si no lo hacen podrán ser sancionados. Estos medios de resolución podrán ser desde una negociación directa sin abogados, la mediación, la conciliación, un arbitraje, la opinión de un tercero neutral o una oferta vinculante confidencial, entre otros. Quedan fuera de estas negociaciones conflictos en materia laboral como los despidos, también los de materia concursal, penal, todos los que impliquen a una Administración pública, a menores o atañan a derechos fundamentales.
Pisos turísticos
La Ley de Eficiencia a la Justicia obliga a partir de este jueves a todos los caseros que quieran destinar su vivienda a una actividad turística a pedir primero permiso a la comunidad de propietarios. Para poder destinar el inmueble a apartamento vacacional necesitará el aval de tres quintas partes de los vecinos. Asimismo, el presidente también podrá pedir a aquellos pisos turísticos que operen sin licencia municipal que cesen la actividad.
Cláusulas hipotecarias
Esta obligación de intentar llegar a un acuerdo antes de litigar también llega a los clientes con cláusulas hipotecarias abusivas. Los consumidores estarán obligados a reclamar ante su entidad financiera antes de acudir a los tribunales o, de lo contrario, la demanda será inadmitida.La norma recorta de tres meses a uno los tiempos que tienen las partes para llegar a un acuerdo desde la presentación de la queja. Si el banco admite la reclamación, debe entregar al cliente un desglose con el dinero a devolver más los intereses. Si éste lo acepta, la entidad deberá declarar nulas las cláusulas abusivas y devolver el dinero en un mes. Si pasa el plazo y no lo hace, se incrementarán en ocho puntos los intereses de demora y el consumidor es libre para acudir a la justicia.
Fuente: eleconomista