El gobierno autonómico socialista de las Islas Baleares anunció la pasada semana la expropiación de 56 viviendas que pertenecían a grandes propietarios. Aunque, todavía queda por ver si los dueños de las propiedades afectadas recurrirán la medida a la justicia, lo cierto es que en España siete comunidades autónomas contemplan figuras similares, tal y como recoge Cinco Días. En el caso de Baleares, cuenta con una normativa autonómica que le permite la expropiación de viviendas a quien tenga más de 10 inmuebles sin importar si pertenecen a una persona física o jurídica.
La figura de la expropiación forzosa también la recoge el País Vasco y Navarra. Sin embargo, en el caso de estas dos comunidades no se establece un límite a la hora de expropiar viviendas. Solamente se recoge como requisito que la propiedad debe estar vacía durante seis meses, para ser expropiada en el caso de Navarra y de dos años, en el caso del País Vasco. Por su parte, la Comunidad Valenciana también recoge una figura similar, pero con leves cambios. En esta región se puede expropiar viviendas en ejecución hipotecaria en procesos de desahucio. Aragón, por ahora, está estudiando cómo aplicar esta norma a su territorio.
Por su parte, en Cataluña se puede proceder a la expropiación temporal o a multar con hasta 900.000 euros para quienes tengan viviendas vacías durante más de dos años. Canarias también sigue a Cataluña, pero en este caso las sanciones son de hasta 300.000 euros por tener propiedades vacías durante seis meses.
La Ciudad Condal, por su parte, cuenta con una Unidad Antiasedio y de Disciplina de la Vivienda desde que Ada Colau se puso al frente del consistorio. Desde 2015, el Ayuntamiento de Barcelona ha inspeccionado 118.000 pisos y ha abierto 10.000 procedimientos judiciales por tener viviendas vacías, por usos inapropiados de vivienda social o por tener pisos turísticos ilegales. En 2019, por ejemplo, multaron a dos sociedades con 2,8 millones de euros por tener 24 pisos vacíos.
Por su parte, Asval, la asociación que representa a 2.000 propietarios, ha asegurado que este tipo de prácticas «suponen un ataque al derecho a la propiedad privada consagrado en el Artículo 33 de la Constitución Española». Además, varios expertos y representantes de Socimis y fondos de inversión inmobiliaria han expresado que estas medidas suponen un freno para la inversión en España.
Fuente: libremercado