Quizás una de las decisiones más difíciles que tenemos que tomar cuando alquilamos una vivienda es ¿cómo elijo a un buen inquilino?. En este post os detallamos algunas claves para la elección de un buen inquilino.
Es muy cierto que alquilar supone un cierto riesgo, como todas las cosas importantes en la vida, pero una vez tomada la decisión, hay que seguir adelante. Aquí les entregamos algunos datos.
Es muy importante primero que todo, publicar un anuncio completo. Así se asegura que los interesados conocerán de antemano las condiciones, sobretodo las económicas.
Tener claro a qué tipo de familia o persona quiere arrendar, ya sea una familia numerosa, o una con animales, o una pareja, etc.
A un buen inquilino desde un principio le gustará dejar las cosas bien claras. Se muestra sincero y transparente, además, facilita las gestiones que conlleva el proceso de alquiler. Demuestra ciertas condiciones de negociador y conciliador ante cualquier discrepancia. Es una persona que se compromete personal y legalmente, también es empático a la hora de entender al propietario y sus demandas.
Con un perfil así, el propietario se puede sentir tranquilo, ya que podrán llegar a buenos acuerdos. También es importante la primera impresión que se forme de la persona. Hay que entender que no puede llegar a conocer a fondo a una persona en una entrevista, por lo tanto, también influirá su intuición a la hora de elegir a su inquilino.
Desconfiar del inquilino muy perfecto, ya que puede ser un estafador/a. Puede prometer muchas cosas y después no cumplirlas.
Seguramente este punto es el más preocupante para los propietarios. Hay que tener claro lo siguiente:
Si el inquilino no da suficientes pruebas de solvencia, es aconsejable exigir garantías adicionales, más allá del mes de fianza:
Nunca estará de más la mayor información que pueda tener del futuro arrendatario y si no pone problemas en entregar todo lo que se le pide, mejor aún.
La desconfianza siempre va a existir y eso hay que tenerlo claro desde el momento que se decide alquilar. Si existe claridad desde el principio con el cuidado que quiere que tengan y con el tipo de personas que quiere que alquilen, le facilitará la decisión al final. Las condiciones las pone el propietario y deben ser claras desde un principio, antes que visiten el piso.
El tiempo que dure el arriendo se puede pactar entre ambas partes, mediante un contrato, siempre que los dos lo deseen. El arrendatario tiene derecho por ley a quedarse en la vivienda mínimo tres años, si cumple con todas sus obligaciones. Así lo expresa la Ley de Arrendamiento Urbano de 1994, en su artículo 9.1
Artículo 9. Plazo mínimo.
1. La duración del arrendamiento será libremente pactada por las partes. Si ésta fuera inferior a tres años, llegado el día del vencimiento del contrato, éste se prorrogará obligatoriamente por plazos anuales hasta que el arrendamiento alcance una duración mínima de tres años, salvo que el arrendatario manifieste al arrendador, con treinta días de antelación como mínimo a la fecha de terminación del contrato o de cualquiera de las prórrogas, su voluntad de no renovarlo.
El plazo comenzará a contarse desde la fecha del contrato o desde la puesta del inmueble a disposición del arrendatario si ésta fuere posterior. Corresponderá al arrendatario la prueba de la fecha de la puesta a disposición.
Debe quedar todo muy claro en el contrato, eso es fundamental, para no encontrarse con sorpresas después.
Expertos e investigadores en morosidad, han establecido un perfil en base a las características comunes que poseen este tipo de inquilinos.