En España hay alrededor de trece millones de mascotas censadas. Si tenemos en cuenta que, según el portal inmobiliario Fotocasa, solo el 5% de los pisos de alquiler las acepta, únicamente 650.000 podrían vivir en ellos. De estos trece millones, el 94% son perros, el 6% gatos, y el 1% restante engloba el resto de mascotas, la mayoría de las cuales son conejos.
Sin embargo, teniendo en cuenta que mucha gente no registra a su perro con microchip, que es obligatorio, y que muchas Comunidades Autónomas no exigen inscribir a los gatos, y mucho menos al resto de animales, se estima que estas cifras podrían ser mucho mayores.
¿Qué dice la ley?
La Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) es la que se encarga de regularlo. Si bien es cierto que no prohíbe explícitamente la tenencia de mascotas en el hogar, deja libertad a los propietarios para decidir si las aceptan o no. Por lo tanto, si el propietario quiere, tiene derecho a prohibir mascotas, siempre que figure en el contrato, mientras que el inquilino tiene derecho a tener animales en el piso, si no existe una cláusula específica que diga lo contrario. En cualquier caso, las partes deberán pactar todos los detalles y reflejarlos en el contrato de arrendamiento.
Cabe destacar que esta convivencia deberá ser siempre respetuosa con el resto de vecinos, y mantener ciertos niveles de salubridad. Si esto no se consigue, aunque haya un pacto entre ambas partes que permita al inquilino tener mascotas en el piso, el propietario tendrá el poder de rescindir el contrato, siempre que pueda probar lo que está denunciando.
Por lo que respecta a la comunidad de vecinos, La Ley de Propiedad Horizontal establece que en ningún caso ni la comunidad de propietarios ni el resto de vecinos pueden prohibir la presencia de animales en los pisos alquilados del edificio.
Recomendaciones para los inquilinos con mascota
Es importante tener un seguro de hogar que incluya los desperfectos que puedan ocasionar las mascotas.
Además de obligatorio para los dueños, es importante mostrarle al propietario que nuestra mascota está registrada con microchip, que está al día de las vacunas y que sus condiciones de higiene son las óptimas. Incluso podemos crear una especie de currículum canino, en el que consten los datos de nuestra mascota, fotografías y hasta la referencia del veterinario respecto a su comportamiento.
A la hora de firmar el contrato podemos exponerle al propietarios que nos haremos cargo de todos los daños, en caso de que los haya. También podemos comprometernos a contratar una empresa de limpieza para dejar la vivienda en perfectas condiciones cuando decidamos dejarla.
Tener referencias positivas de otros propietarios siempre nos ayudará a que el actual confíe más en nosotros y que sea más fácil que nos permita tener a nuestra mascota en casa.
Es posible que algunos de los propietarios permitan mascotas pero que no lo digan explícitamente u otros, incluso, que estén abiertos a negociarlos. Es cuestión de hablarlo con ellos.
Recomendaciones para los propietarios
Permitir mascotas nos puede resultar de gran ayuda a la hora de alquilar el piso, si tenemos en cuenta los pocos que permiten animales. Por lo tanto, no solo lo alquilaremos antes, sino que además es posible que los inquilinos se queden más tiempo, dado que se volverán a encontrar con el mismo problema.
Nosotros ponemos las reglas. Además, si el inquilino no cumple con lo que pactamos en el contrato de arrendamiento podemos rescindirlo en cualquier momento.
Debemos estar abiertos a negociar. Puede que a priori nos parezca una mala idea pero siempre podemos escuchar al futuro inquilino, ya que quizás nos haga cambiar de opinión.
Las mascotas forman parte de la familia; son uno más. Por este motivo, y para evitar que haya abandonos relacionados con el tema de la vivienda, desde el portal inmobiliario Fotocasa se anima a los propietarios que permitan a los inquilinos tener mascotas y que estos, a su vez, se comprometan a tratar la casa como si fuera la suya.
Fuente: fotocasa